lunes, 6 de octubre de 2014

El Derecho animal como asunto ético



Sesión martes 30 de Setiembre

Integrantes:
Jamie Acuña
Randy Alvares
Marta Azofeifa
Mariel Quesada

Derecho Animal: Un asunto de la ética humana.

A través del curso de Educación y Derechos Humanos, se han abordado las distintas Generaciones de Derechos Humanos en las que se han declarado los mismos mediante un proceso histórico que revela las distintas luchas y movimientos sociales que hacen reconocerlos como básicos en nuestra sociedad. Se ha dejado claro que la división solo debería ser didáctica para establecer su particularidad histórica y pedagógica pero que en la práctica no den ser divisibles.

A partir de la Cuarta Generación (Los Derechos de la Naturaleza) encontramos distintos obstáculos y tropiezos, que no han permitido su legítima existencia, los cuales, distintos países, entre ellos los más poderosos dentro de la elite mundial, se rehúsan a ser parte de los distintos Convenios por razones de intereses económicos o mercantiles. E el caso de la cuarta generación vimos que se vuelve casi imposible reducir, al menos en la práctica, las emisiones carbónicas dado el rédito que produce la industria petrolera.   

La aclamada Quinta generación de Derechos hace referencia al Derecho Animal, el cual hace pie históricamente desde el siglo Vl a.C con el filósofo y matemático griego Pitágoras, el cual practicaba el vegetarianismo (dieta alimenticia que no incluye ninguna carne animal), sin embargo, estas ideas mantenían una doctrina antro-pocentrista (la cual defiende los intereses de bienestar y morales del ser humano por encima de cualquier otra especie o cosa) , ya que según la filosofía de Pitágoras desde lo que se decía en el orfismo el alma se reencarna en humanos o animales, hasta liberarlas de los cuerpos, consiguiendo así un estado de purificación de las mismas, por tanto no era aceptado derramar sangre humana ni animal.

Posteriormente, trazando la línea de la lucha occidental por los Derechos Animales, nos situamos en la Edad Moderna, y nos remontamos a mediados del siglo XVll, donde se establecen las primeras leyes de protección animal en Irlanda, y al mismo tiempo ingleses como Nathaniel Ward (pastor puritano de la época) hablaban del trato digno y responsable de quienes “poseían” algún animal. Ward, establece el primer código de leyes por el derecho de animales domésticos en Inglaterra, tras escribir “El cuerpo de Libertades” (1634). Sin embargo debido a discusiones de carácter religioso entre los puritanos y la “expansión” de la religión anglicana, fue deslegitimada la declaración de dichas leyes por la iglesia católica.

Para 1811 se presenta un pesado proyecto de ley por el filósofo inglés Jeremy Bentham, el cual se fundamentaba en el hecho de que sin importar que los demás animales razonaran o no como los humanos (eso era irrelevante), lo que verdaderamente importante es que poseen la capacidad de sufrir y percibir el peligro al cual le temen y le huyen por su deseo de preservar sus vidas, como lo hace también la especie humana. Dicho proyecto fue rechazado, sin embargo al hilo de dicha propuesta el parlamentario inglés Richard Martin logra establecer la primer ley en el mundo de protección animal, la cual defendía de cualquier mal trato hacia caballos, ganado y ovejas, expandiéndose dicha protección para 1835, la cual protegía cualquier animal doméstico.

Durante el siglo XX nacen distintos centros de protección animal. Para la década de los ‘70  el psicólogo inglés Richard D. Ryder utiliza por primera vez el término “speciecism” o especismo, el cual es definido por el filósofo Peter Singer en su libro “Liberación Animal” (1999) como:

“un prejuicio o actitud parcial favorable a los intereses de los miembros de nuestra propia especie y en contra de las otras”

Sin duda alguna, las violaciones a la propia dignidad animal y derecho a la vida, se ha fundamentado desde la superioridad del ser humano sobre las demás especies animales y vegetales, cumpliendo su requerido “bienestar” como raza. Siendo así prudente, que estas formas de dominación y maltrato se marcan específicamente en sociedades occidentales u occidentalizadas, que interponen su “progreso” sobre el irrespeto a las demás formas de vida del planeta.

El filósofo José Ferrater Mora, hace la comparación entre especismo y racismo, afirmando que suponen lo mismo, en donde la única diferencia es que el especismo es la discriminación y violencia contra los derechos de otras especies, mientras que el racismo es dentro de la misma. Lo cual es una analogía coherente, simple y explicita, demostrando que el ser humano ha caído en un proceso histórico cargado de individualismo, irracionalidad y des-apego del sufrimiento externo a él mismo.

Para 1977 se hace la Declaración Universal de los Derechos Animales, la cual estuvo vigente hasta octubre de 1978 (Al final se adjunta sitio web que facilita dicha declaración con sus artículos correspondientes), aprobada por la UNESCO y más tarde por la ONU. Pero a pesar de este proceso histórico de lucha por la defensa de los derechos animales, se ha creado varias divisiones de pensamiento que consideren dichas declaraciones de derechos, desde argumentos tales como “los animales no humanos no son iguales a nosotros”, “no tienen razonamiento por tanto no pueden asumir las obligaciones que implica tener derechos”, “son como niños pero sin esperanza inmediata de que logren asumir sus obligaciones”, etc.  

Lo anterior es un error grave y mal-informado, pues al igual que el adulto-centrismo anula las capacidades y derechos de otros humanos, ya que se sostiene que solamente el ser humano adulto puede dar las “obligaciones” debido a desarrollo y madurez, situación cargada a su vez de patriarcalismo (en ese adultocentrismo no suelen ser poderosas las mujeres), etarismo (ni los niños y niñas), etnicismo (ni las culturas no europeas, no norteamericanas o no centrales), racismo (generalmente caben solo los blancos o los blanqueados ideológicamente)…

La lucha por los derechos de los animales no pretende igualarnos a ellos, ni espera que compartamos las mismas capacidades, es solamente ser capaces de reconocer la dignidad y la igualdad más allá de los animales humanos, sabiendo que ello es posible por extensibilidad y reconocer con ello que las otras especies son parte de nuestro entorno y que todos somos parte de un gran equilibrio. Jurídicamente se prefiere llamar a los derechos animales como “bienestar animal”, desde la lógica de lo anteriormente mencionado, sin embargo lo que pretende el reconocimiento de los Derechos Animales, es que se respeten como derecho humano, no del animal como tal, sino por extensibilidad para que se especifiquen las acciones morales y legales necesarias para evitar el mal trato animal en general. Ya desde “la Declaración Universal…” antes citada se especifica en sus artículos lo que se “prohíbe” y como debe ser el trato a los mismos, mencionando de la misma manera hasta el genocidio en caso de matar a gran un número de la misma especie de cualquier animal.

Actualmente los animales silvestres de Costa Rica son protegidos por diversas leyes que condena a las personas en caso de extraerlos de su hábitat, maltrato o reproducción lucrativa de los mismos, más se debe tener en cuenta que hay mucho por resolver al respecto, ya que la destrucción de los ecosistemas es un mal trato que ellos también viven diariamente, amenazando la biodiversidad y creciendo la extinción definitiva de muchas aves y animales marinos, al igual que los terrestres. Por tanto, el modelo de desarrollo del sistema capitalista día a día pone en juego sus vidas y la perpetuación de muchas especies, al explotar y contaminar el recurso hídrico, así como el aire y la desertificación de las tierras por medio de monocultivos que se extienden con agresividad.
Los animales domésticos también son protegidos por medio de dicha Declaración, pero aún hay mucho por resolver respecto a las sanciones por las acciones violentas o malos tratos a estos animales, estando muchos en abandono y en las calles, exponiéndose a condiciones indignas de vida.

Pero la peor parte, y lo que más causa indignación es el trato establecido para los animales de corral o de consumo masivo para humanos, muchos paíese han echado marcha atrás para no firmar convenios relacionados con la protección animal, al menos que se saque de ellos a los animales de granja, los más desprotegidos pues no se les suele reconocer como animales entre los mismos protectores y defensores de la vida animal, ya que ocupan un gran sitio en la mayoría de las dietas alimenticias de los seres humanos, así como parte de su vestimenta y medicamentos. Son aun vistos, en pleno siglo XXl como meros objetos que satisfacen la alimentación de las personas (las mismas que cuidan y velan por la seguridad e integridad de gatos, perros y animales silvestres).

El negocio de “la carne” y el farmacéutico son muy lucrativos a nivel mundial tanto casi como el de las armas y el petróleo, de allí que desprenderlos de esos intereses sea muy difícil. Por eso esta lucha social no ha sido ni será fácil para aquellos que si reconozcan a las vacas, cerdos, gallinas, toros, ovejas, etc. Como seres con un lugar en la naturaleza que no deben ser reducidos a la función egoísta del ser humano.  Como animales que sufren y sienten, y que, al igual que los demás, tienen derecho a vivir, a cumplir su ciclo de vida y a tener una vida digna y libre.




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